¿qué se pide para alquilar?
A la hora de alquilar un piso como vivienda habitual y para ofrecer garantías al propietario de la finca, se pide al inquilino una serie de condiciones encaminadas a dar credibilidad a su capacidad económica. Por norma general se le pide:
-Contrato de trabajo en vigor
-3 últimas nominas
-DNI o NIE
Existen condiciones especiales para el alquiler a autónomos, estudiantes . . . en este caso se pide o aval bancario o relación de ingresos bancarios, el último lugar de residencia ya que si se trata de un inquilino que repite experiencia en el mundo de alquiler, da la posibilidad de informarse con el anterior arrendador.
Lo normal o común que se deberá formalizar en el momento de la firma del contrato (que será satisfecho por el inquilino) es:
-1 mes de renta de fianza ( pueden ser mayor por exigencia del propietario, si la finca tiene muebles nuevos, si el inquilino tiene mascotas . . .)
-1 mes de renta de alquiler ( o parte proporcional del mismo)
-1 mes de renta de honorarios
Recomendamos que el total de renta de alquiler, que tendrá que ser satisfecha por el inquilino, no supere en ningún caso el 30% del total de ingresos que percibe, máximo el 35%. Porcentajes más grandes lesionan la capacidad económica del individuo y de lo que se trata es de poder vivir desahogadamente y destinar parte de la rena al ahorro o a consumo futuro.
Ahora mismo en Grasset servicios inmobiliarios, entre otros, podemos ofrecerte estos pisos en alquiler:
Apartamento de 35m2, 1 habitación individual, salón comedor con cocina americana equipada. Terraza grande, muy soleado, zona comunitaria con piscina. De alquiler para todo el año.
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Un momento... 

[...] Los gastos de formalización del contrato son libres y dependen, sobre todo, de la costumbre del lugar, en el caso de grasset servicios inmobiliarios estas son nuestras condiciones de alquiler. [...]
[...] Las condiciones mínimas que pedimos para entrar en un piso de alquiler las podéis leer aquí [...]